Modelo 720

21 mar 2026

El Modelo 720 es una declaración informativa obligatoria en España que sirve para comunicar a Hacienda los bienes y derechos que tienes en el extranjero.

No es un impuesto. No pagas nada por presentarlo. Es solo información.

El problema es que no presentarlo, presentarlo fuera de plazo o hacerlo con errores tiene multas desproporcionadas, por lo que ignorarlo no es una opción.

¿A quién afecta?

Tienes obligación de presentar el 720 si eres residente fiscal en España y tienes activos en el extranjero que superen 50.000 € por categoría.

Las tres categorías son:

1. Cuentas bancarias en entidades financieras extranjeras Saldo medio del último trimestre del año o saldo a 31 de diciembre, el mayor de los dos. Incluye cuentas corrientes, de ahorro o depósitos.

2. Valores, acciones, fondos, ETFs y otros activos financieros en el extranjero Acciones, ETFs, fondos de inversión, bonos... depositados en brokers extranjeros como DEGIRO, Interactive Brokers, Scalable Capital, etc.

3. Inmuebles en el extranjero Valor de adquisición del bien. No el valor de mercado actual.

El umbral de 50.000 € se evalúa por categoría de forma independiente. Si tienes 40.000 € en un broker extranjero y 40.000 € en una cuenta bancaria fuera, no tienes obligación en ninguna de las dos. Si tienes 55.000 € en el broker, solo obligación en la categoría de valores.

Los casos más comunes

Tienes DEGIRO, Interactive Brokers u otro broker extranjero con más de 50.000 € → Obligado a declarar la categoría de valores.

Tienes criptomonedas en un exchange extranjero (Binance, Kraken, Coinbase...) → Aquí hay matiz importante: desde 2024 existe el Modelo 721 específico para criptomonedas. El 720 ya no cubre crypto. Si tienes más de 50.000 € en exchanges extranjeros, el instrumento es el 721, no el 720.

Tienes criptomonedas en autocustodia (hardware wallet, software wallet) → Las wallets propias no están dentro del 721 actualmente. La regulación aquí todavía está evolucionando.

Tienes una cuenta en un banco extranjero → Si supera 50.000 € entre saldo medio Q4 y saldo a 31 de diciembre, obligado a declarar.

Cuándo se presenta

El plazo es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio que declaras.

Es decir: para el ejercicio 2025, el plazo es enero–marzo 2026.

No hay prórroga. Si se te pasa, estás fuera de plazo y las sanciones se aplican automáticamente.

Cuándo NO tienes que volver a presentarlo

El 720 solo se vuelve a presentar si:

  • Es tu primera vez declarando esa categoría, o

  • El valor de los activos ya declarados ha aumentado en más de 20.000 € respecto a la última declaración presentada

Si tu cartera no ha variado significativamente, no tienes que presentarlo cada año.

Las sanciones (por qué esto no se ignora)

Aunque la normativa original fue parcialmente anulada por el Tribunal de Justicia de la UE en 2022, siguen existiendo sanciones por no presentarlo o hacerlo con errores:

  • Fuera de plazo sin requerimiento previo: 100 € por dato, mínimo 1.500 €

  • Con requerimiento de Hacienda: 5.000 € por dato, mínimo 10.000 €

No es un modelo que se pueda dejar para después.

Paso a paso: cómo saber si te afecta

Paso 1. Comprueba si eres residente fiscal en España Si vives más de 183 días al año en España o tu centro de intereses económicos está aquí, eres residente fiscal. Si tienes dudas sobre esto, para antes de seguir y consulta con un asesor.

Paso 2. Lista todos tus activos en el extranjero Brokers (DEGIRO, IBKR, etc.), cuentas bancarias fuera de España, inmuebles en otros países. Excluye de momento crypto (va al 721).

Paso 3. Calcula el valor por categoría a 31 de diciembre Abre la app o web de cada broker y apunta el valor de tu cartera a cierre del 31 de diciembre. Para cuentas bancarias, el saldo medio del Q4 y el saldo a 31 de diciembre.

Paso 4. Compara con el umbral de 50.000 € por categoría Si en alguna categoría superas los 50.000 €, tienes obligación.

Paso 5. Decide cómo lo presentas

Perfecto. Voy a buscar el proceso actualizado en la AEAT antes de escribirlo, para que el paso a paso sea preciso y no desactualizado.Tengo suficiente información. Aquí va el paso a paso detallado:

Cómo rellenar el Modelo 720 en la AEAT: broker extranjero (ETFs / acciones)

Antes de entrar a la AEAT: lo que tienes que tener preparado

No entres al formulario sin esto. Si vas sin los datos, tendrás que salir a buscarlos y perderás el trabajo.

Del broker necesitas (a fecha 31 de diciembre del año que declaras):

  • Valor total de la cartera en euros a 31 de diciembre

  • Listado de cada posición con: nombre del activo, ISIN, número de títulos y valor en euros

  • País donde está depositado el broker (no el país de la empresa que cotiza)

  • Nombre legal del broker y su dirección

Cómo obtener estos datos según broker:

En DEGIRO: Accede a tu cuenta → Actividad → Extracto anual → selecciona el año. Descarga el PDF o Excel. El valor de cada posición aparece a 31 de diciembre.

En Interactive Brokers: Informes → Extractos de actividad → selecciona periodo "Anual" o "Fecha concreta: 31/12/XXXX" → formato PDF o Excel.

En Scalable Capital, Trade Republic, Freedom24: cada uno tiene su sección de informes anuales o extracto de posiciones. Si no lo encuentras, busca en su web "annual statement" o "portfolio statement".

Si los valores están en otra divisa (dólares, libras...), tienes que convertirlos a euros usando el tipo de cambio oficial del Banco Central Europeo a 31 de diciembre. Puedes consultarlo en ecb.europa.eu.

Paso 1 - Accede a la sede electrónica de la AEAT

Ve a: sede.agenciatributaria.gob.es

En el buscador de la página escribe "Modelo 720" o ve a: Todas las gestiones → Impuestos y tasas → Declaraciones informativas → Modelo 720.

Paso 2 - Identifícate

Necesitas identificarte con Cl@ve PIN, Certificado Digital o DNI electrónico.

Si no tienes ninguno de estos, no puedes presentarlo tú mismo. Necesitarás que lo presente un asesor en tu nombre (con autorización).

El más habitual es el Certificado Digital (lo tienes instalado en el navegador) o Cl@ve PIN (lo solicitas en la app de la AEAT o en una oficina).

Paso 3 - Selecciona el tipo de presentación

Tienes dos opciones: presentación mediante formulario (hasta 40.000 registros) o mediante fichero (para declarantes con un gran volumen de datos).

Para la mayoría de miembros del club: elige "Formulario". Es la opción estándar.

Paso 4 - Datos del declarante

La primera pantalla pide tus datos identificativos: NIF, nombre y apellidos, teléfono de contacto.

El resto de datos los rellena automáticamente el sistema.

Verifica que el campo Ejercicio corresponde al año que estás declarando (ej: 2025) y que el campo Periodo aparece como "Anual".

Si ya presentaste el 720 en años anteriores, puedes importar la declaración anterior como punto de partida usando el botón "Importar". Útil para no escribir todo desde cero. Asegúrate de actualizar los datos que hayan cambiado.

Paso 5 - Alta de bienes: la parte central del formulario

Aquí es donde declaras cada activo. Tienes que dar de alta un registro por cada posición (cada ETF, cada acción).

Para cada posición rellenas:

Clave tipo de bien o derecho Para ETFs y acciones en broker extranjero la clave es "V" - Valores representativos de la participación en fondos propios de entidades.

Código país País donde está domiciliado el broker, no el país de la empresa que cotiza. Ejemplos: DEGIRO → Países Bajos (NL). Interactive Brokers → Estados Unidos (US) o Reino Unido (GB) según la entidad concreta. Scalable Capital → Alemania (DE).

Identificación del valor (ISIN) El código ISIN de 12 caracteres de cada activo. Lo encontrarás en el extracto del broker o buscando el nombre del ETF/acción en justETF.com o en la ficha del activo.

Número de títulos Cantidad exacta de participaciones a 31 de diciembre.

Valor a 31 de diciembre El valor de mercado de esa posición a 31 de diciembre, en euros.

Datos del broker (entidad depositaria) Nombre legal del broker y su dirección fiscal. Esto lo encuentras en los términos y condiciones del broker o en su web corporativa en la sección "legal" o "sobre nosotros".

Truco útil: Cuando estás cumplimentando un bien, hay un botón para duplicar ese bien. Esto facilita mucho la cumplimentación porque se repiten datos como el país y los datos del broker. Úsalo para cada nueva posición del mismo broker.

Paso 6 - Repite para cada posición

Un registro por cada ETF o acción diferente que tengas en el broker.

Si tienes 3 ETFs en DEGIRO, son 3 registros distintos. Si tienes el mismo ETF en dos brokers diferentes, son también 2 registros distintos.

Paso 7 - Revisa el total

Al final de la sección de valores aparece la suma total en euros de todo lo que has declarado. Compárala con el valor total de tu cartera que sacaste del extracto del broker. Tienen que coincidir (o estar muy cerca si hay algún redondeo).

Si hay diferencia significativa, revisa los registros antes de continuar.

Paso 8 - Valida, firma y envía

Una vez completados todos los registros:

  1. Pulsa "Validar" - el sistema revisa que no haya errores de formato

  2. Si hay errores, te los señala para que los corrijas

  3. Cuando la validación es correcta, pulsa "Firmar y Enviar"

  4. Obtendrás el justificante correspondiente de la presentación. Guárdalo. Es tu prueba de que has presentado en plazo.

¿Y si el formulario se me complica a mitad?

El formulario web permite guardar la declaración para recuperar la sesión y terminarla en otro momento. No tienes que hacerlo del tirón. Usa esta función si necesitas parar y continuar otro día.

Alternativa: usar Autodeclaro

Si tienes muchas posiciones o varios brokers, existe una herramienta llamada Autodeclaro que genera el fichero ya formateado para subir directamente a la AEAT a partir del extracto del broker. Está soportada por la mayoría de brokers habituales: DEGIRO, Interactive Brokers, Scalable Capital, Trade Republic, XTB, Freedom24, entre otros.

No es gratuita, pero para carteras con muchas posiciones puede ahorrarte tiempo y reducir el riesgo de errores de transcripción. El coste ronda los 20-40 € según el plan, pero con el código PASEVIP tienes un 10% de descuento.

Errores más comunes a evitar

Usar el país de la empresa que cotiza en lugar del país del broker. Si tienes un ETF que invierte en empresas americanas pero lo tienes en DEGIRO (Países Bajos), el país es NL, no US.

No convertir a euros correctamente. Si tu broker opera en dólares, cada posición hay que convertirla al tipo de cambio BCE del 31 de diciembre, no del día que la compraste.

Declarar solo el broker principal y olvidar el segundo. Si tienes dos brokers extranjeros y entre los dos sumas más de 50.000 €, tienes que declararlos ambos.

No guardar el justificante. Sin el PDF de confirmación no tienes prueba de presentación en plazo.


Nota: Este paso a paso es orientativo. La interfaz de la AEAT puede variar ligeramente entre ejercicios. Ante dudas concretas sobre tu situación, consulta con un asesor fiscal. Esta píldora es orientativa. No es asesoramiento fiscal. Para tu situación concreta, consulta con un asesor fiscal.

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